3 feb 2009

LA SGAE Y LAS BODAS

El otro día leí que la Agencia Española de Protección de Datos de Carácter Personal (AEPD), iba a sancionar a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por grabar videos de bodas en los que se pretendía demostrar como los organizadores del evento disponían a su antojo de la propiedad intelectual de algunos autores sin haber pagado el precio que a los autores les correspondía según la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).

Como he comentado se pretendía utilizar las citadas grabaciones como prueba para el juicio, creo que la SGAE está en su derecho de perseguir a aquellos que no cumplen con la vigente normativa en materia de propiedad intelectual, pero también creo que no vale todo, y que por encima del derecho a la propiedad intelectual de los autores y en concreto a la explotación de las obras intelectuales se encuentra el derecho a la intimidad, por lo que en este caso la AEPD ha acertado con la sanción, cabe destacar que dicha sanción ha sido de 60.101€ ya que la SGAE ya había sido sancionada por cometer la misma infracción, por dicha reincidencia, esta última sanción ha sido de una mayor cuantía.

Espero que la SGAE tome nota de ello para sus próximas actuaciones ya que en caso contrario queda claro lo que sucederá visto lo visto.


No hay comentarios: