16 ago 2010

Ley de Transparencia

Una nueva Ley está en proyecto de creación, tendrá como objeto reforzar la transparencia de las Administraciones Públicas Españolas incluyendo entre ellas no solo la Estatal, las Autonómicas y Locales, sino también todos aquellos organismos que desarrollen actividades de carácter público tales como colegios profesionales, mancomunidades de servicios y/o Universidades.

Está Ley tratará de reforzar el derecho de los ciudadanos a conocer la información de carácter público, tratando así de evitar y de establecer un mayor control a los poderes públicos con el fin de evitar casos de corrupción de personalidades con cargos públicos en las diversas entidades públicas. Los plazos para responder a las peticiones de los ciudadanos serán en principio de treinta días, aunque en algunos supuestos serán prorrogables a otros treinta días más y en principio en los supuestos en los que no se atienda o se deniegue injustificadamente el acceso a la información por parte de la Administración Pública correspondiente, se podrá acudir entonces a la vía contencioso administrativa para reclamar el acceso a la información, no obstante, para evitar los plazos y costes de la misma, se podrá acudir ante la Agencia Española de Protección de Datos, la cual pasará a denominarse "Agencia Española de Protección de Datos y Acceso a la Información".

Todo esto como no, desata numerosas cuestiones, tales como: ¿Tendrán las otras Agencia de Protección de Datos tales como la de Madrid, la Vasca o la catalana, competencias en esta materia? ¿Se verá afectada la normativa en materia de protección de datos por esta nueva norma? Lo que es seguro es que se trata de un proyecto de Ley y que en general en mi opinión, tendrá por parte de los ciudadanos una buena aceptación dados los cuantiosos supuestos de corrupción que han asolado numerosas Administraciones Públicas de este país.

Tal y como recoge el periódico el País en su noticia "Una ley regulará el 'derecho a saber' de los ciudadanos ante la Administración" será además la AEPD la que:

En un máximo de dos meses, y tras recabar las alegaciones de las partes, el director de la agencia -actualmente, Artemi Rallo, catedrático de Derecho Constitucional- dictará una resolución. El Gobierno ha querido curarse en salud, y en este trámite no se aplica el silencio positivo, sino el negativo. Además, sus resoluciones solo afectarán a la Administración central, no a la autonómica o a la local.

Esta última, en virtud de una modificación de la Ley de Régimen Local, deberá entregar a los ciudadanos que lo pidan "copias y certificaciones de los acuerdos de las corporaciones locales y sus antecedentes" y permitirles consultar sus archivos y registros.

Las administraciones no se limitarán a contestar las demandas de información, sino que deben adelantarse a difundirla. "Los poderes públicos facilitarán la información cuya divulgación resulte de mayor relevancia para garantizar la transparencia de su actividad", dice el texto. Y en la era de Internet lo harán "preferentemente por medios electrónicos".

Para más información:



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